Prevención de blanqueo
de capitales
Desde el año 1993 la legislación en materia de prevención de blanqueo de capitales ha venido cambiando y adaptándose a los nuevos retos, culminando con la aprobación de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, y su reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo.
Tienen como objetivo prioritario velar por la integridad del sistema financiero, mediante el establecimiento obligatorio, para sujetos obligados, de medidas preventivas.
En Grupo GM ayudamos a nuestra clientela en el cumplimiento de esta normativa, más allá de la elaboración de los documentos y la formación de su plantilla.
Las labores de consultoría las lleva a cabo un equipo experto en la materia con amplia experiencia, profesionalidad y cualificación, capaz de simplificar enormemente sus obligaciones, evitando la posibilidad de cometer errores que nos puedan llevar a la imposición de sanciones.
Nuestra oferta de servicios:
- Análisis de la actividad y estructura de la empresa.
- Asesoramiento jurídico continuado.
- Elaboración de un Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales.
- Elaboración de una Política de Admisión de Clientela.
- Comunicación de la persona Representante ante el Sepblac.
- Constitución del Órgano de control interno.
- Comunicaciones al Sepblac.
