COMPLIANCE PENAL
El compliance penal es
seguridad para su empresa
La reforma del Código Penal supone que, ahora, responderemos de los delitos que se cometan en nuestra sociedad, tanto si somos nosotros los responsables directos del delito, como si no, además la propia empresa puede ser penalmente responsable.
El Compliance Penal se fundamenta en el Código Penal (Art. 31 bis) y en un conjunto de buenas prácticas nacionales e internacionales (ISO 37301, UNE 19601, etc.).
Implica desarrollar políticas, procedimientos y formación a su personal, así como un seguimiento continuado de la implantación realizada.
Una empresa puede ser penalmente responsable por:
- Los delitos cometidos por cuenta de ésta, y en su provecho, por sus representantes legales y administradores.
- Los delitos cometidos por empleados en el ejercicio de sus actividades en la empresa, por no haberse ejercido sobre ellos el debido control.
Se trata de establecer un sistema de gestión que tiene por objeto prevenir la comisión de delitos dentro de la empresa.
Nuestra propuesta de servicios
- Elaboración del Documento de Prevención de Riegos Penales, ajustándose a lo dispuesto en el Código Penal, en la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado y en los estándares nacionales e internacionales (ISO 37301, UNE 19601 fundamentalmente).
- Elaboración del mapa de riesgos de las actividades de la empresa, identificando los posibles delitos, sus causas y las medidas de control para prevenirlos. Apoyo de la IA. Definición de Responsabilidades.
- Elaboración de las políticas y protocolos a considerar por la organización de la empresa.
- Elaboración del Código de Conducta Ética.
- Gestión externa del canal de denuncias.
- Visitas de seguimiento y control trimestrales.
- Auditorías y evaluaciones: Evaluar la eficacia del sistema de compliance y realizar ajustes si es necesario. Sistema de control, supervisión y sanción interna.
- Formación y comunicación periódica con todo el personal de la empresa.